image class="left" url="https://cdn.slidesharecdn.com/ss_thumbnails/enseanzasdelpapafranciscono-150522233314-lva1-app6892-thumbnail-3.jpg"Bienvenidos A La Web De Ilustre Instituto De Abogados De Urbe Real


Turno de Oficio y Asistencia Jurídica Gratuita


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La Abogacía, de forma tradicional, siempre y en toda circunstancia se ha ocupado del Turno de Oficio, pedir cita extranjeria bilbao y independientemente de la ínfima cuantía de las indemnizaciones que por su prestación consiguen en la actualidad los Abogados, siempre y en todo momento se ha sentido orgullosa de ello en tanto que el Turno de Oficio expresa la actividad más noble, básica y comprometida de la Abogacía: la Justicia Gratis.





Es importante resaltar que el Turno de Oficio supone la participación activa por parte de los Institutos de Abogados en la Administración de Justicia y, además, cita para huellas policia en un aspecto crucial de exactamente la misma como es el acceso a la Justicia de quienes carecen de recursos económicos. Por esta razón la Ley 1/96, de Asistencia Jurídica Gratuita, con el objetivo de hacer efectivo lo previsto en el art. 119 de la Constitución De España, atribuyó a los Colegios de Abogados las competencias necesarias para ello.





En el Instituto de Abogados de Urbe Real se prestan los próximos turnos de oficio:









PENAL






SERVICIO DE GUARDIA DE veinticuatro H PARA LA ASISTENCIA A DETENIDOS Y REALIZACIÓN DE JUICIOS RÁPIDOS.






SERVICIO DE GUARDIA DE veinticuatro H. PARA VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DOMÉSTICA.






CIVIL






LABORAL






MENORES






CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO






CONTENCIOSO ADMINITRATIVO DE EXTRANJERIA






VIGILANCIA PENITENCIARIA









Para acceder a la información restrigida, puede hacerlo desde el menú primordial de la página, en la sección Área de colegiados





¿Qué es la Asistencia Jurídica Gratis?









La Asistencia Jurídica Gratis es un conjunto de posibilidades establecidas por Ley que se conceden a aquellos que carecen de suficientes recursos económicos y tienen que comenzar un procedimiento judicial u oponerse en uno ya iniciado anteriormente.





Ese conjunto de prestaciones cubren aquellos gastos que se generan en un procedimiento judicial: honorarios de letrado y procurador, peritaciones, depósitos en caso de recursos, etc.





Con carácter general, se comprende que tienen insuficiencia económica a estos efectos aquéllos ciudadanos nacionales o extranjeros con residencia legal en España que acrediten que sus recursos e ingresos económicos, computados anualmente por todos los conceptos y por unidad familiar, no superan el doble del sueldo mínimo interprofesional actual en el momento de efectuar la petición.





Además, asimismo están en su derecho a la justicia gratuita los trabajadores y beneficiarios del sistema de Seguridad Social en relación con los procedimientos de jurisdicción social, y los extranjeros sin residencia legal en España que acrediten insuficiencia de recursos en procedimientos penales o relativos a la solicitud de asilo, así como en los procedimientos administrativos y judiciales que puedan llevar a la denegación de su entrada, oficina de extranjeria cita devolución o bien expulsión del territorio español.





¿Cómo solicitarla?









La tramitación de la Justicia Gratuita se empieza a través de la presentación de la petición, cuyo modelo puede descargarse desde esta página, en el Servicio de Orientación Jurídica del Instituto de Abogados del lugar en que se encuentre el Juzgado o bien Tribunal que deba conocer del proceso para el cual se solicita el derecho, o frente al Juzgado del domicilio del demandante si el proceso no se hubiese iniciado.





La petición de asistencia jurídica gratuita ha de ir acompañada de copia del documento de identidad o pasaporte, o bien tarjeta de vivienda en el caso de extranjeros, y de aquellos documentos acreditativos de los ingresos y recursos económicos que se especifican en el modelo de petición.





Una vez presentada la petición y la documentación oportuna, el Servicio de Orientación Jurídica del Instituto de Abogados examina si exactamente la misma es suficiente y, si lo es, da traslado de la petición a la Comisión de Asistencia Jurídica Gratis (órgano con sede en la Subdelegación del Gobierno) y designa provisionalmente un abogado. Si fuera preceptiva la intervención de Procurador, lo comunicará de esta manera al Colegio de Procuradores para que proceda a designar uno.





La Comisión de Asistencia Jurídica Gratis, a la vista de la petición y de la documentación presentadas, resolverá por último reconociendo o bien no el derecho a la asistencia justicia gratis, confirmando entonces o no los nombramientos temporales de letrado y procurador.





¿Qué es el Turno oficina de extranjeria cita Oficio?









Es el sistema por el que el Instituto de Abogados organiza la designación de letrado a quién lo solicite o se niegue a nombrarlo, cuando sea preceptiva su intervención en un procedimiento. Dicha petición habrá de ser realizada por el interesado frente al Servicio de Orientación Jurídica del Instituto conforme se ha explicado anteriormente, o bien por el órgano jurisdiccional eficiente.





Este sistema se compone de distintos turnos en función de la materia de que se trate y se organiza por partidos judiciales.





Más información para la formulación de peticiones de asistencia jurídica gratuita en la página web:


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