image class="left" url="https://cdn.slidesharecdn.com/ss_thumbnails/libro-5-aniversario-2007-2012-160111035954-thumbnail-3.jpg"SecretaríA De Estado De Seguridad






¿Puedo tener problemas si me caduca el documento de identidad durante el estado de alarma o bien lo tenía ya caducado?









Las citas para la renovación del documento nacional de identidad se suspendieron en todo el territorio nacional desde el pasado 14 de marzo. Conforme los distintos territorios han alcanzado la Fase II del Plan de transición cara la nueva normalidad, se han reiniciado los trámites para la obtención o bien renovación, de forma gradual y progresiva; siendo indispensable reservar cita anterior.





Resulta conveniente rememorar que a los mayores de edad a los que les haya caducado el documento desde el catorce de marzo de dos mil veinte, se les prorroga 1 año la valía de su DNI. Hasta el momento en que el documento de identidad caduque, los certificados digitales incluidos en exactamente el mismo pueden continuar renovándose, de forma desatendida y sin necesidad de cita policia de extranjeria anterior, en los Puntos de Actualización del DNI electrónico (PAD) de las Comisarías de Policía Nacional.


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Es interesante que conozca los requisitos higiénico-sanitarios que ahora se le exigirán para poder efectuar los trámites presenciales, como la obligación de acudir con el importe preciso, proveído de mascarilla, etc. y que pueden consultarse en el próximo link de la página web de la Policía Nacional:












¿Y si se me caduca el Pasaporte de España?









La vigencia del pasaporte no se ha prorrogado durante el estado de alarma. Como para la renovación del documento nacional de identidad, según los distintos territorios han alcanzado la Fase II del Plan de transición cara la nueva normalidad, se han reiniciado en exactamente los mismos los trámites para la obtención o bien renovación, de forma gradual y progresiva; siendo indispensable reservar cita previa.





Para efectuar los trámites presenciales rigen las mimas reglas higiénico-sanitarias que para renovar el documento de identidad, las que interesa que conozca consultando en exactamente el mismo enlace de la web de la Policía Nacional:












¿Y a mi Tarjeta de Identidad de Extranjero, asimismo le son de aplicación las mismas disposiciones que al documento de identidad español?









Con la intención de eludir que los ciudadanos extranjeros titulares de una autorización de residencia en España puedan encontrarse en una situación de irregularidad sobrevenida con ocasión de la declaración del estado de alarma, se han prorrogado automáticamente todas y cada una aquellas autorizaciones que venzan durante la vigencia del estado de alarma, así como de aquellas que vencieron en los tres meses anteriores a su declaración. Dicha prórroga automática surtirá efectos desde el día después al de la caducidad de la autorización y se extenderá a lo largo de los seis meses siguientes a la finalización del estado de alarma.





Del mismo modo, se ha prorrogado por idéntico periodo, peticion de cita extranjeria la valía de las tarjetas de familiar de ciudadano de la Unión y las tarjetas de identidad de extranjero concedidas basándonos en una vivienda de larga duración.





Puede consultar más información sobre la atención al público para la expedición de documentos a extranjeros en





Y sobre la prórroga de ciertos documentos expedidos por las Unidades de Extranjería y Fronteras, en este enlace:












¿Qué sucede si soy extranjero y me encuentro en España para una estancia de corta duración y no puedo salir ya antes del plazo legal de expiración de exactamente la misma?









Aquellas personas que se encuentren en España en situación de estancia, por un periodo no superior a noventa días, que haya expirado a lo largo de la vigencia del estado de alarma, verán su estancia prorrogada, de forma automática, por un periodo de 3 meses. Esta valía estará limitada al territorio de España.









¿Qué ocurre si caduca mi licencia de armas?









Las licencias de armas B, D, E, F y sus autorizaciones temporales de uso, cuya vigencia haya vencido a lo largo del estado de alarma, y hasta un par de meses tras su finalización, quedarán de manera automática prorrogadas por un periodo de seis meses desde la pérdida de vigencia.





Los visados a los que se refiere el artículo 104.2 del Reglamento de Armas y los informes de destreza psicofísica regulados en el artículo 98 del Reglamento de Armas también van a quedar prorrogados en exactamente las mismas condiciones.





Para más información acuda a la web de la Guarda Civil:








Por otra parte, se está realizando de forma progresiva la apertura de la cita previa de las Intervenciones de Armas y Explosivos de la Guarda Civil a los agentes económicos y a la ciudadanía, de forma gradual y en función de las distintas fases de transición a la nueva normalidad.









¿Qué criterios rigen el cruce de fronteras exteriores –en aeropuertos y puertos- para acceder a España?









A efectos de limitar los efectos del contagio de COVID-19, los países miembros de la UE acordaron el pasado 17 de marzo aplicar una restricción temporal de viajes no indispensables desde terceros países a la Unión Europea y países asociados Schengen.





Va a ser denegada la entrada a España, por motivos de orden público o salud pública, a toda persona nacional de un tercer país, a menos que esté incluida en alguna de las categorías contempladas en la .









¿Quiénes tienen la obligación de utilizar mascarilla?









Están obligadas las personas de 6 años de ahora en adelante.





Esta obligación no será exigible a aquellas personas que: presenten algún tipo de complejidad respiratoria que pueda verse agravada por cita para renovacion de nie el empleo de la mascarilla; las que su uso resulte contraindicado por motivos de salud correctamente justificados, o bien que por su situación de discapacidad o bien dependencia presenten perturbaciones de conducta que hagan imposible su utilización; cuando se desarrollen actividades en las que, por la propia naturaleza de estas, resulte incompatible su uso o bien por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.









¿Dónde es obligado el uso de la mascarilla?









El empleo de mascarilla va a ser obligatorio en la vía pública, en espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de empleo público o que se halle abierto al público, siempre que no resulte posible mantener una distancia de seguridad interpersonal de cuando menos dos metros.









¿Se puede conducir un vehículo si el permiso de conducción ha caducado durante el estado de alarma?









Sí, se puede conducir en este caso, porque los plazos para la tramitación de los procedimientos de las entidades del sector público se suspendieron, y se han reiniciado el 1 de junio.





De esta forma, [[https://api-kjzd.ikjzd.com/kjapi/v1/ad/ad_click?id=484&url=aHR0cDovL2NvbnRyb2xhYnVzZS5vcmcvX19tZWRpYV9fL2pzL25ldHNvbHRyYWRlbWFyay5waHA/ZD1pbmZ0ZWNzb2xzLmNvbSUyRl9fbWVkaWFfXyUyRmpzJTJGbmV0c29sdHJhZGVtYXJrLnBocCUzRmQlM0Rwb3N0aGVhdmVuLm5ldCUyNTJGZmlyZWN5bWJhbDE5JTI1MkZjaXRhLXByZXZpYS1odWVsbGFz [Redirect-302]]] los permisos de conducción cuyo periodo de vigencia expiraba desde el inicio del estado de alarma quedaron de manera automática prorrogados hasta el mentado día 1 de junio y aún después de dicha fecha disponen de otros sesenta días de validez.





Igualmente, se suspendió el plazo de 6 meses a lo largo del cual el titular de un permiso de conducción extranjero válido para conducir en España puede conducir en territorio nacional. Este plazo se ha reanudado asimismo desde el 1 de junio.


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